La Corte de Apelaciones de Concepción ha dictaminado que el Colegio Sagrados Corazones de Hualpén, en la Región del Biobío, debe incorporar a sus filas a una niña de tres años diagnosticada con Trastorno del Espectro Autista (TEA). La resolución judicial acoge un recurso de protección presentado por los padres de la menor.
La controversia surgió luego de que el establecimiento educativo negara un cupo en el nivel de pre-kínder a la niña. Según la acción legal interpuesta por la familia, el colegio justificó el rechazo argumentando que no poseía la infraestructura o capacidad para recibir a estudiantes con dicha condición. Cabe destacar que la menor aplicaba a una precedencia de matrícula, ya que su hermano mayor es alumno del mismo recinto.
El abogado de la familia afectada destacó que la decisión del colegio fue arbitraria e ilegal, constituyendo un acto de discriminación por motivos de salud. Tras el análisis de los antecedentes, la Corte penquista falló a favor de los recurrentes, ordenando al establecimiento la inscripción inmediata de la alumna. Esta sentencia refuerza la obligación de los recintos educacionales de asegurar la inclusión y evitar prácticas que vulneren los derechos de los niños con discapacidades.
